Resolución 157/2012 - Dirección General de Rentas de Tierra del Fuego (BO 02/01/2012). Sellos. Emisoras de tarjetas de crédito o compra. Sistema especial de
ingreso por declaración jurada mensual. Agentes de percepción.
Se establece un sistema especial de ingreso por declaración
jurada mensual del impuesto de sellos sobre las liquidaciones o
resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o
compra produzcan para su remisión a los titulares de conformidad con lo
previsto en el Código Fiscal vigente y
la ley impositiva vigente.
Las entidades financieras regidas
por la Ley Nacional 21526, así como toda otra
persona física o jurídica que emita tarjetas de crédito o de compra, en
tanto sean contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos para la
Provincia de Tierra del Fuego, están obligadas a actuar como agentes de
percepción del impuesto de sellos que corresponda sobre las
liquidaciones o resúmenes periódicos que produzcan para su remisión a
los titulares, emitidos por cualquier modo, incluidos los medios
electrónicos de transmisión de datos.
Son sujetos pasibles de percepción, los
titulares de tarjetas de crédito o compras que oportunamente hubieran
adherido a ese servicio y que tengan domicilio en la Provincia de Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
La percepción deberá ser realizada sobre el importe total de
la base imponible, al tiempo de efectuarse el pago de la liquidación o
resumen en forma total o parcial, aplicando la alícuota prevista para
estos casos por la ley impositiva.
La presente resolución será de aplicación para las
percepciones que se efectúen a partir del 1 de febrero del año 2013.
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