Resolución General 1745/2012 - Administración Tributaria Provincial del Chaco (28/12/2013). Ingresos brutos. Actividades primarias. Primera comercialización. Suspensión
de exención. Cumplimiento de obligaciones fiscales.
Debido a la suspensión de la exención del pago del impuesto
sobre los ingresos brutos a los ingresos obtenidos por los productores primarios
de la Provincia por la primera comercialización de su producción, se determina que para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales utilizarán el régimen de
presentación de declaraciones juradas mediante transferencia electrónica de
datos a través de la página web de la Administración Tributaria Provincial.
Lo mismo sera de aplicación partir del primer vencimiento del
período fiscal 2013, según las fechas establecidas en el calendario de
vencimientos para el ejercicio fiscal 2013.
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