Resolución 28/2012 - Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (27/12/2012). Ingresos brutos. Contribuyentes locales y agentes de retención. Suspensión
de comunicación formal de cese de actividades dentro de los 90 días corridos
contados desde el último ingreso gravado.
Se suspende por el término de 4 meses, desde el 01/01/2013, la obligación de los contribuyentes y responsables del impuesto
sobre los ingresos brutos de comunicar formalmente la cesación parcial o total
de las actividades ejercidas en la Provincia de Santa Fe dentro de los 90 días
corridos a contar desde el día en que se devengue el último ingreso gravado.
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