Resolución General 1/2013 - Dirección General de Rentas de Misiones (BO 10/01/2013). Ingresos brutos. Empresas de viaje y turismo. Alícuotas aplicables.
Incremento.
Se incrementa la alícuota del impuesto sobre los ingresos
brutos aplicable a la actividad de empresas de viajes y turismo, agencias de
turismo y agencias de pasajes, en toda la Provincia de Misiones al 5%, excepto en el
caso en que los servicios sean prestados con medios de transporte propios, en
el cual se aplicará una alícuota del 3%.
Será de aplicación la alícuota
del 5% sobre las operaciones realizadas por las mencionadas empresas en relación a
la intermediación en la venta de pasajes exclusivamente, cualquiera sea el
medio de transporte utilizado, aun cuando el destino final del viaje se
encuentre ubicado en la Provincia de Misiones.
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