Resolución 1275/2012 - Agencia de Recaudación Tributaria de
Río Negro (BO 13/12/2012). Ingresos brutos. Régimen general de retención y
percepción. Profesionales farmacéuticos. Modificación de la alícuota.
Se determina que los pagos realizados por las asociaciones, colegios, consejos y demás entidades profesionales farmacéuticas efectuados a sus asociados estarán sujetos, en relación al régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos (Resolución 104/2003), a la alícuota del 0,5%.
Se determina que los pagos realizados por las asociaciones, colegios, consejos y demás entidades profesionales farmacéuticas efectuados a sus asociados estarán sujetos, en relación al régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos (Resolución 104/2003), a la alícuota del 0,5%.
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