jueves, 25 de abril de 2013

Sistema de "Cuentas Tributarias" - Incorporación de sujetos obligados - AFIP

Resolución General 3486 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 25/04/2013). Sistema de "Cuentas Tributarias". Incorporación de sujetos obligados.

Deberán cumplir obligatoriamente con la utilización del sistema “Cuentas Tributarias” como así también con la cancelación de sus obligaciones mediante transferencia electrónica de fondos, que al 25/4/2013:
* Sean grandes contribuyentes nacionales
* Se encuentren incorporados oportunamente al Sistema Informático de Control (RG 3423)
* Sean incorporados mediante una notificación expresa emanada de un juez administrativo competente y formalizada de acuerdo con las normas vigentes relativas a notificaciones (Art. 100, Ley 11683)

La incorporación de contribuyentes y responsables como sujetos obligados a la utilización de “Cuentas Tributarias” se realizará en función de la evaluación periódica de su capacidad contributiva declarada y de otras particularidades relacionadas con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales formales y materiales.

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