Se crea un régimen de promoción y desarrollo industrial. Principales características:
- Serán beneficiarios: las personas físicas y jurídicas que desarrollen actividad industrial, organizados bajo la forma de empresas, sean nuevas o existentes.
- Son requisitos para acceder al régimen: estar radicado en la Provincia de Entre Ríos e inscripto en el Registro Único Industrial de la Provincia; ser persona física o jurídica domiciliada en el país y sin deudas fiscales, sociales o administrativas con el Estado Provincial.
- Será obligatorio que los beneficiarios incrementen como mínimo un 15% su capacidad operativa instalada para acceder a los beneficios. Los beneficios solo regirán para el porcentaje que se incrementa.
- Entre los beneficios otorgados se incluyen exenciones al impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, sellos, automotor y fondo de integración de asistencia social Ley 4035.
- Las exenciones otorgadas podrán ser totales o parciales, por un plazo de hasta 15 años. Estas serán de un 100% en los primeros 5 años, de un 75% desde el año 6 al 10 y del 50% desde el año 11 al 15.
- En el caso de establecimientos industriales pertenecientes a personas físicas o jurídicas que se radiquen en parques o áreas industriales reconocidas por la Autoridad de Aplicación y que soliciten la adhesión a este régimen, contarán con una ampliación de 5 años en los beneficios.
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