Resolución 222/2013 - Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires (BO 04/04/2013). Ingresos brutos. Régimen Simplificado. Reglamentación. Adecuaciones.
A raiz de las modificaciones
introducidas en el Código Fiscal vigente (Ley 4039), se adecua la reglamentación del Régimen
Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos. Se destaca:
- La inscripción al Régimen Simplificado es de
carácter opcional
- La recategorización será semestral a
través de la página web de la AGIP
en los meses de marzo y setiembre con vigencia a partir de enero y julio,
respectivamente.
- La baja del Régimen Simplificado por cambio de
categoría dentro del impuesto impedirá el reingreso hasta transcurridos
3 años calendario contados desde el 1 de enero del año siguiente al de la baja.
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