Resolución General 3487 - Admnistración Federal de Ingresos Públicos (BO 25/04/2013). Sistema de “Cuentas Tributarias”. Aprobación de la reimputación de pagos
bancarios mal efectuados a través del sistema.
Se aprueba la transacción denominada “Reimputación de pagos Contribuyente”
integrante del sistema “Cuentas Tributarias”.
Dicha transacción permite al responsable reimputar los pagos bancarios que
hayan ingresado al sistema “Cuentas Tributarias”, siempre que los mismos no se
encuentren observados por las validaciones efectuadas por el mencionado
sistema.
Tanto la obligación a la que haya sido erróneamente imputado el pago
bancario como aquella que se pretenda cancelar con la reimputación del referido
pago, deberán corresponder al mismo contribuyente y estar alcanzadas por el
control del citado sistema.
En ningún caso se podrá solicitar la reimputación del pago cuando la misma
produzca que la obligación a la que fuera originalmente imputado quede
adeudada.
Lo establecido no enerva las facultades de
verificación y fiscalización de esta Administración Federal para corroborar la
validez e integridad de los saldos que dieron origen a las transacciones
comprendidas en la misma.
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