lunes, 1 de octubre de 2012

IIBB - Régimen de retención y percepción - Modificación de alícuotas - Ciudad de Buenos Aires

Resolución 672/2012 - Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires (BO 27/09/2012). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Alícuotas. Modificación.

Se incrementan al 3% las alícuotas de retención y percepción para los contribuyentes del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos con magnitudes superadas.

Se determina una alícuota del 1,5% para la actividad de locación de bienes inmuebles.

Se incrementan las siguientes alícuotas de percepción:
- Operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías para contribuyentes locales: alícuota del 2,75%.
- Operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías para contribuyentes del Convenio Multilateral: alícuota del 2%.
- Comercio electrónico: alícuota general del 3%. Para el caso de contribuyente que no acrediten la condición de sujeto inscripto en el impuesto sobre los ingresos brutos se aplicará la alícuota del 4%.
- Venta al contado y efectivo superiores a $ 1.000: 3,50%.

Las alícuotas entrarán en vigencia a partir del 1 de octubre de 2012.

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