Se incrementan desde el 01/01/2013, al 3,5% las alícuotas generales del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables a las siguientes actividades:
- Agricultura, ganadería, caza y silvicultura.
- Pesca y servicios conexos.
- Explotación de minas y canteras.
- Industria manufacturera.
- Construcción.
- Electricidad, gas y agua.
- Venta por mayor de azúcar -códigos de actividad 512271 y 512275-
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