Resolución 1089/2012 - Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (BO 04/10/2012). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Plazo
para la presentación de las declaraciones juradas mensuales e ingreso de
los montos correspondientes.
Se establece que los agentes de recaudación deberán presentar las
declaraciones juradas mensuales e ingresar los montos retenidos y/o
percibidos hasta el día 10 o su posterior hábil, según
corresponda, mediante la utilización del aplicativo agentes de
recaudación - retención y/o percepción; que estará disponible en la
página web del organismo: www.agencia.rionegro.gov.ar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario