Resolución General 17/2012 - Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (BO 24/10/2012). Impuesto inmobiliario. Grandes propietarios de suelos urbanos vacantes. Definiciones.
Se establece que las personas naturales o jurídicas que se
encuentren registradas en la base de datos catastral como propietarios
de inmuebles, serán identificadas por su número de CUIT o CUIL.
Se definen los mecanismos para que la Administración Provincial
de Impuestos identifique a los grandes propietarios rurales y a los
grandes propietarios de suelo urbano vacante, a los efectos de la
liquidación de los adicionales del impuesto inmobiliario.
Se establece que las personas naturales o jurídicas que se
encuentren registradas en la base de datos catastral como propietarios
de inmuebles, serán identificadas por su número de CUIT o CUIL.
La suma de
valuaciones fiscales de los inmuebles pertenecientes a un mismo
titular, dará como resultado:
1) la Valuación Fiscal Rural Acumulada (VFRA)
2) la Superficie de Suelo Vacante Acumulada (SSUVA)
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