Los contribuyentes obligados por los distintos tributos de la Provincia de Santa Cruz, podrán solicitar la compensación de sus saldos acreedores.
Los saldos acreedores a favor de los contribuyentes podrán resultar de:
- En el caso de Ejecuciones Fiscales, solo procederá respecto de los créditos correspondientes al mismo gravamen que se ejecute, y siempre que los mismos se encuentren acreditados por la Secretaría, de conformidad a las normas de la ley fiscal respectiva.
- Impuestos sobre los ingresos brutos, solo cuando el impuesto determinado sea a favor del contribuyente y surja de la declaración jurada presentada y no prescripta de conformidad con las normas vigentes.
- Errores de cálculo y/o pagos excesivos y/o no debidos surgidos en declaraciones juradas originales y/o rectificativas presentadas y no prescriptas.
- Resoluciones administrativas o judiciales favorables al contribuyente cuando este haya ejercido el recurso de repetición establecido en el Código Fiscal vigente.
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