Ley 8306 - Poder Legislativo de San Juan (BO 24/10/2012). Ingresos brutos. Contribuyentes inscriptos en el registro nacional de efectores. Exención. Vigencia.
Se establece que la vigencia del beneficio de exención del impuesto sobre
los ingresos brutos y su adicional lote hogar, que gozan los
contribuyentes inscriptos en el registro nacional de efectores de
desarrollo local y economía social, tendrá vigencia
permanente desde el momento de la inscripción en el registro.
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