domingo, 19 de mayo de 2013

Obligaciones fiscales - Medios de pago habilitados - Orden por tributo - Provincia de Chubut

Resolución 387/2013 - Dirección General de Rentas de Chubut (BO 13/05/2013). Obligaciones fiscales. Medios de pago habilitados. Ordenamiento por tributo.

Se establecen como medios de pago habilitados para la cancelación de obligaciones fiscales a cargo de los sujetos pasivos, ordenandolos por cada tributo y accesorios.

Previo al pago respectivo, deberá generarse el comprobante correspondiente que identifique la obligación a cancelar y la inequívoca imputación del mismo. 

Excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2013, se podrán utilizar transferencias bancarias y cheques propios como medios de pago siempre que el responsable obligado genere el comprobante de la obligación a cancelar y mediante nota indique la imputación del pago efectuado a la respectiva obligación en el plazo de 24 horas de efectuado el mismo.

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