Resolución Normativa 19/2013 - Agencia
de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (17/05/2013). Ingresos brutos. Régimen de percepción sobre actividades desarrolladas en
áreas comerciales no tradicionales. Reemplazo.
Se reemplaza el
régimen de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a los
sujetos que desarrollen actividades en áreas no convencionales, como ferias,
mercados o similares, ubicadas en la Provincia de Buenos Aires, a partir del 01/06/2013.
Los agentes percibirán por mes calendario y por cada uno de los puestos donde
se realicen las actividades la suma de $ 150, que podrá ser computada como
pago a cuenta del impuesto por parte de los feriantes a partir del anticipo
correspondiente al mes en que se produjo la percepción.
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