Resolución General 7/2013 - Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (25/04/2013). Ingresos brutos. Contribuyentes locales y agentes de retención. Solicitud de
cese total de actividades por Internet. Suspensión.
Se suspende nuevamente por el término de 6 meses, contados a partir
del 01/05/2013, la obligación de los contribuyentes y responsables del impuesto
sobre los ingresos brutos de comunicar formalmente el cese parcial o total de
las actividades ejercidas en la Provincia de Santa Fe dentro de los 90 días
corridos a contar desde el día en que se devengue el último ingreso gravado.
Anteriormente y por medio de la RG 37/2010 se aprobó el
sistema informático “Solicitud de cese total de actividades por Internet”
por medio del cual los contribuyentes locales, agentes y responsables del
impuesto podrán iniciar el trámite de cese de actividades a través de la página
web de la ATI ingresando la CUIT y la clave fiscal otorgada por la AFIP.
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