jueves, 9 de mayo de 2013

IIBB - Grandes establecimientos - Parámetros y alícuotas diferenciales - Provincia del Chaco

Resolución General 1760/2013 - Administración Tributaria Provincial del Chaco (17/04/2013). Ingresos brutos. Alícuotas diferenciadas. Grandes establecimientos. Parámetros.

Se determinan los parámetros que se considerarán para determinar cuándo los contribuyentes se consideran “grandes cadenas comerciales con múltiples sucursales de un mismo contribuyente o grandes establecimientos comerciales”, a los fines de la aplicación de las alícuotas diferenciales del impuesto sobre los ingresos brutos (Ley 7149).

Las presentes disposiciones serán de aplicación a partir del período fiscal enero del 2013. Por lo tanto, los contribuyentes que hubieren tributado con anterioridad al dictado de estas disposiciones y que según lo definido son alcanzados por las alícuotas diferenciales, deberán ajustar sus liquidaciones por los períodos fiscales correspondientes al año 2013 e ingresar la diferencia resultante.

Si el ingreso lo realizan en el período fiscal abril del 2013, con vencimiento en Mayo 2013, no sufrirán recargo alguno. Por el contrario, transcurrido ese plazo se aplicarán las sanciones y accesorios que correspondan.

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