Resolución General 42/2011
- Dirección General de Rentas de Formosa (24/10/2011). Régimen de facilidades de pago permanente. Pago electrónico. Implementación.
Se aprueba el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos, en adelante Pago
Electrónico, para la cancelación de las cuotas de los Planes de facilidades de
Pago otorgados por la Dirección de Rentas,
en los términos de la RG 35/1998 (pago total o parcial de deudas vencidas y exigibles en concepto de
impuesto sobre los ingresos brutos, impuesto de sellos, inmobiliario
rural e Instituto de Pensiones Social, sus intereses y multas) el que tendrá carácter optativo.
El pago electrónico se hará efectivo
únicamente a través de las cuentas habilitadas que posean los contribuyentes en
las Entidades Bancarias que integren la Red Link, utilizando el sistema home
banking.
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