martes, 29 de noviembre de 2011

IIBB - Suspención de comunicación de cese de actividades - Procedimiento - Provincia de Santa Fe

Resolución General 20/2011 - Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (22/11/2011). Procedimiento. Ingresos brutos. Contribuyentes locales y agentes de retención. Suspensión de comunicación formal de cese de actividades dentro de los 90 días corridos contados desde el último ingreso gravado.

Se suspende por el término de 9 meses contados a partir del 1/12/2011, la obligación de los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los ingresos brutos (dispuesta por la RG 37/2010) de comunicar formalmente la cesación parcial o total de las actividades ejercidas en la Provincia de Santa Fe dentro de los 90 días corridos a contar desde el día en que se devengue el último ingreso gravado.

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