Decreto 1662/2011
- Poder Ejecutivo de Misiones (BO 03/11/2011). Ingresos brutos. Determinadas actividades turísticas realizadas en
el Municipio de Puerto Iguazú. Se deja sin efecto la alícuota del 0%.
Se deja sin efecto la reducción de la alicuota del 0% del impuesto sobre los ingresos brutos a las actividades de servicios de alojamiento, comida y hospedaje prestado por hoteles,
residenciales, hosterías, pensiones, campamentos y casa de huéspedes,
moteles y bungaloes realizadas en el Municipio de Puerto Iguazú
exclusivamente.
Asimismo, se fija en el 1% la alícuota del mismo para los contribuyentes que cumplan en tiempo y forma con el ingreso del impuesto correspondiente y que no registran deuda. De no cumplir con estos requisitos, la alicuota se incrementará al 1,5%.
La presente modificación entrará en vigencia a partir del día 4 de
noviembre de 2011.
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