miércoles, 28 de noviembre de 2012

Solicitud de CDI - Representaciones diplomáticas - AFIP

Resolución General 3401 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 23/11/2012). Solicitud de "Clave de Identificación" (CDI) por parte de representaciones diplomáticas y otras entidades, “Clave Única de Identificación Tributaria” (CUIT). Alta de impuestos. Tramitación a través de Internet.

Se establece que la solicitud de “Clave de Identificación” (CDI) para el caso de las representaciones diplomáticas, se efectuará utilizando el formulario de declaración jurada 420/J, generado por el programa aplicativo denominado “Módulo Inscripción de Personas Jurídicas - F. 420/J - Versión 2.0”, acompañado de la documentación prevista en el Anexo de la presente RG y en las condiciones que allí se establecen.

El representante legal o la persona debidamente autorizada, deberá remitir por “Internet” el citado formulario accediendo al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), de acuerdo con el procedimiento establecido en la RG 1345.

El sistema realizará automáticamente la validación de los datos ingresados en el programa aplicativo, los que se encuentran detallados en el Manual del Usuario disponible en el sitio “web” institucional.

A fin de consultar el resultado obtenido respecto de la validación referida, el solicitante deberá ingresar -previa adhesión- al servicio “ventanilla electrónica” mediante “Clave Fiscal”. En el supuesto que la validación resulte observada, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas y el solicitante deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud, a la que se otorgará un nuevo número de transacción. Validada la solicitud, se deberá imprimir la constancia de “aceptación de trámite”.

Una vez realizada la presentación, deberán concurrir a la dependencia que corresponda a la jurisdicción del domicilio de la sociedad o del representante de la misma, según se trate de entidades domiciliadas en el país o en el exterior, provistos de los siguientes elementos:
1. El formulario de declaración jurada 420/J, por duplicado,
2. el acuse de recibo de la presentación efectuada, y
3. la impresión de la “aceptación del trámite”.

El aporte de la documentación y demás elementos requeridos para la inscripción, deberá realizarse dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la aludida aceptación.

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