miércoles, 7 de noviembre de 2012

IIBB - Régimen de retención - Entes que adquieran productos agropecuarios y/o forestales en estado primario - Modificación - Provincia de Misiones

Resolución General 43/2012 - Dirección General de Rentas de Misiones (BO 02/11/2012). Ingresos brutos. Régimen de retención. Entes que adquieran productos agropecuarios y/o forestales en estado primario. RG 59/1990. Modificación.

Se designan como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos a: cooperativas, asociaciones de productores, acopiadores, martilleros, consignatarios, e intermediarios, establecimientos dedicados a la producción, explotación, aserrío, elaboración, procesamiento, conservación, transformación, molienda, tipificación, y/o envasado, plantas manufactureras, y en general a toda persona física o jurídica, privada o pública y demás entes (UTE, ACE, Fideicomisos, etc.) que adquieran productos agropecuarios y/o forestales en estado primario; proveniente de la primer venta que realice el productor; así también en los casos que abonen fletes por el servicio de transporte de dichos productos con destino a establecimientos propios o de terceros, a condición que el origen de la carga se encuentre en la Provincia de Misiones.

La presente resolución general será de aplicación a partir del día 1 de octubre de 2012.

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