miércoles, 7 de noviembre de 2012

Régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago - Condiciones - Provincia de Tucumán

Resolución General 122/2012 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 06/11/2012). Régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago. Acogimiento. Condiciones.
 
Al solo efecto de lo dispuesto en por el régimen de facilidades de pago establecido por la Ley 8520, serán consideradas cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos, las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 15 de noviembre de 2012 inclusive, con los respectivos intereses establecidos en el artículo 50 del Código Tributario Provincial, cuyos vencimientos operaron a partir del 2 de julio de 2012 y hasta el 31 de octubre de 2012, ambas fechas inclusive, según la obligación de que se trate.

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