Los contribuyentes inscriptos en el Régimen del Monotributo Social ante la AFIP mantendrán el beneficio de la alícuota 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos, siempre que:
- Los ingresos brutos devengados en los últimos 12 meses no superen los $ 24.000 -en el caso de que se tratara de personas físicas- o, en el caso de “Proyectos Productivos o de Servicios”, los importes que se hubieran fijado.
- Cuando los sujetos inscriptos en el registro no hayan sido dados de baja de él.
No hay comentarios:
Publicar un comentario