Decreto 780/2012 - Poder Ejecutivo de Misiones (BO 22/06/2012). Ingresos brutos. Ley impositiva. Comercialización de bienes,
locaciones y prestaciones de obras y servicios. Alícuotas. Incremento.
Se incrementa la alícuota general y las aplicables a
las actividades de explotación, producción, fabricación, elaboración,
comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y
servicios en un 0,5%.
Se excluye de lo dispuesto anteriormente a aquellas industrias con establecimientos ubicados en la
Provincia de Misiones y los servicios industriales prestados en el
ámbito de la misma, siempre que cumplan con las condiciones y requisitos
que fije la Dirección General de Rentas.
Se faculta a la
Dirección General de Rentas a incrementar o disminuir las mencionadas
alícuotas en hasta en un 1% modificando la nómina de actividades
alcanzadas y estableciendo bonificaciones y montos mínimos.
Las modificaciones serán de aplicación desde el
25/06/2012.
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