jueves, 14 de junio de 2012

IIBB - Deudas en gestión prejudicial - Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias - Incremento de alícuota - Provincia de Córdoba

Resolución Normativa 30/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (12/06/2012). Lugar de pago de deudas en gestión prejudicial. Ingresos brutos. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Incremento de alícuota del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Exclusión del padrón de alícuotas agravadas.

Las deudas tributarias en gestión prejudicial se podrán abonar en cualquier entidad bancaria habilitada a tal efecto.

Se dispone que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral y que hayan sufrido incrementos de alícuotas en el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias (Resolución.52/2009), deberán presentar una nota solicitando la exclusión del padrón de alícuotas agravadas y acreditar la presentación de las declaraciones juradas correspondientes y sus respectivos pagos.

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