Resolución 212/2012 - Ministerio de Finanzas de Córdoba (31/08/2012). Tasa Vial Provincial. Responsables sustitutos. Régimen de información. Plazos de ingreso.
Se determinan los períodos de liquidación y los
plazos para realizar el depósito correspondiente a la tasa vial provincial (Ley 10081).
Los responsables sustitutos de la
referida tasa, al realizar el ingreso del importe
correspondiente, deberán presentar una declaración jurada informativa
indicando por cada tipo de expendio de carga, cantidad de litros y/o
metros cúbicos despachados o comercializados por cada período.
Se determina que la mencionada tasa no alcanza a la
adquisición de combustibles líquidos y gas natural cuando se realice
para revenderlos o comercializarlos en el mismo estado.
Los responsables sustitutos deberán actuar como tales a partir del 07/0/2012.
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