Resolución General 32/2012 - Dirección General de Rentas de Santiago del Estero (BO 20/09/2012). Plan de facilidades de pago. Cantidad de planes vigentes por contribuyentes. Reglamentación.
Se establece que los contribuyentes y responsables podrán
tener vigente dentro de la órbita de la Dirección General de Rentas,
únicamente 1 plan de facilidades de pago común o judicial y solo se
podrá incluir en el mismo, deuda por un solo impuesto.
En caso de los contribuyentes que tengan
planes de pagos a la fecha de entrada en vigencia el decreto, solo
podrán acceder a un nuevo plan de facilidades de pago, previa
cancelación de aquellos.
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