Resolución General 102/2012 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 03/09/2012). Régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago. Obligaciones tributarias. Cumplimiento en tiempo y
forma.
Se determina que se considerarán canceladas
en tiempo y forma las obligaciones que sean abonadas hasta el 28/09/2012
inclusive, a efectos del cumplimiento de
las condiciones necesarias que deben observar los contribuyentes para
acogerse al Régimen Excepcional de Facilidades de Pago por Deudas
Vencidas y Exigibles al 29/06/2012 (Ley 8520).
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