Se establecen las alícuotas correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, aplicables al período fiscal 2012.
Se destaca:
- Incremento de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos al 3% para la actividad manufacturera desarrollada en establecimientos fuera de la provincia y cuyas sumatorias de ingresos gravados, no gravados y exentos para el período 2011 no superen los $ 1.800.000.
- Modificación del régimen del impuesto fijo y los mínimos anuales.
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