miércoles, 18 de enero de 2012

IIBB - Créditos fiscales - Empresas automotores de cargas y pasajeros - Provincia de Santa Fé

Ley 13248 - Poder Legislativo de Santa Fé (BO 13/01/2012). Ingresos brutos. Empresas automotores de cargas y de pasajeros. Crédito fiscal. Continuidad del beneficio. Requisitos.

Se establece que las Empresas Automotores de Cargas y Pasajeros mantendrán sus créditos fiscales por el impuesto sobre los ingresos brutos (conforme a las leyes 12373 y 12876), siempre que cumplan las siguientes condiciones:
  1. Que hayan presentado y abonado hasta el 29 de abril de 2011 las declaraciones juradas por el impuesto sobre los ingresos brutos devengadas al 31 de diciembre de 2009.
  2. Que al 31 de diciembre de 2009 la totalidad de los vehículos afectados se encuentren radicados en jurisdicción de la Provincia de Santa Fe. Esta condición no será aplicable con relación a vehículos afectados a la actividad por medio de contrato de leasing cuando, de acuerdo a los términos de dicho contrato, los vehículos objeto del mismo deban estar radicados en otra jurisdicción.

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