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martes, 10 de enero de 2012
IIBB - Régimen de precepción - Tratamiento de créditos - Modificación - Provincia de Tucumán
Resolución General 168/2011 – Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 30/12/2011). Ingresos brutos. Agentes de percepción, sujetos pasibles de percepción y ámbito de aplicación. Modificación.
Se establece que cuando se efectúen devoluciones, bonificaciones, descuentos o quitas o se anule total o parcialmente una transacción comercial, el agente de percepción emitirá nota de crédito a favor del cliente. En dicha nota de crédito solo se incluirá, en forma discriminada, la proporción correspondiente a la percepción practicada oportunamente identificando la factura o documento equivalente que la origina, si la misma fuera emitida hasta el vencimiento original para la presentación de la correspondiente declaración jurada del mes en que se realizó la operación sujeta a percepción o si fuese emitida hasta la fecha de presentación de la referida declaración jurada, en este último caso, si dicha presentación fuera en fecha anterior al de su vencimiento original.
Si la nota de crédito fuera emitida con posterioridad a lo indicado anteriormente, no deberá incluirse en la misma proporción alguna de la percepción realizada oportunamente.
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