martes, 4 de diciembre de 2012

Sellos – Programa de Financiamiento Garantido – Exención – Provincia de Entre Ríos


Ley 10180 – Poder Legislativo de Entre Ríos (BO 27/11/2012). Sellos. Programa de Financiamiento Garantido. Creación. Exención en el impuesto.

Se crea el Programa de Financiamiento Garantido para la instalación, ampliación o mejora de parques y áreas industriales en el territorio de la provincia de Entre Ríos.

Se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a promover a través de entidades públicas y/o privadas la constitución de fideicomisos de administración, con un plazo de duración mínima de ocho años y máxima de diez años, cuyos recursos se destinarán al desarrollo de los parques o áreas industriales creadas o a crearse en Entre Ríos, conforme la Ley 7957 y las normas que en su consecuencia se dicten, a través de la adquisición de inmuebles, la ejecución de obras y demás gastos necesarios.

Se establece que serán fiduciantes y beneficiarios de cada fideicomiso creado en el marco de esta ley, los entes públicos y/o privados que aporten recursos para el destino establecido en el artículo precedente. Se dará prioridad a los inversores de origen provincial.
 
Se exime del impuesto de sellos a las operaciones realizadas por los fideicomisos en el marco de la presente norma.

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