martes, 18 de diciembre de 2012

IIBB - Sistema Único de Agentes de Retención e Información - Modificación - Provincia de Santiago del Estero

Resolución General 39/2012 - Dirección General de Rentas de Santiago del Estero (BO 14/12/2012).

Ingresos brutos. Agentes de retención. Sistema Único de Agentes de Retención e Información. Resolución general (DGR Sgo. del Estero) 21/2007. Modificación

Se modifica el régimen unificado de agentes de retención y percepción establecido por la RG 21/2007. Principales cambios:
* Se incrementa a $ 2.000 el monto mínimo no sujeto a retención;
* Se incrementan los montos de facturación anuales a partir de los cuales los siguientes sujetos quedan obligados a actuar como agentes:
- Contribuyentes del régimen general del impuesto sobre los ingresos brutos y los sujetos a las normas del Convenio Multilateral: monto facturado anual superior a $ 600.000;
- Instituciones sociales, deportivas y culturales: monto facturado anual superior a $ 600.000 o aquellos que no alcancen la mencionada cifra pero que cuenten con más de 5 empleados en relación de dependencia;
- Comisionistas, consignatarios, mandatarios, representantes y similares: deberán actuar como tales en toda operación de pago superior a $ 2.000; y
- Asociaciones civiles sin fines de lucro: monto facturado anual superior a $ 600.000 o aquellos que no alcancen la mencionada cifra pero que cuenten con más de 5 empleados en relación de dependencia.

Las modificaciones entran en vigencia a partir del 01/01/2013.

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