Ley VIII-254/2012 – Poder Legislativo
de San Luis (BO 14/12/2012). Ingresos brutos. Sellos. Ley impositiva 2013.
Calendario de vencimientos. Código Tributario. Modificación.
Se determinan alícuotas, mínimos y multas correspondientes a los impuestos, tasas y contribuciones para el año 2013.
También se implantan modificaciones al Código Tributario. Principales cambios:
Se determinan alícuotas, mínimos y multas correspondientes a los impuestos, tasas y contribuciones para el año 2013.
También se implantan modificaciones al Código Tributario. Principales cambios:
- Se elimina el régimen de reducción de multas por defraudación fiscal
- Se incorpora la reducción de multas por omisión en la que incurran los agentes de retención y/o percepción
- Se faculta a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos a dar de baja, en forma provisoria, la inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos, a los contribuyentes que no hayan presentado declaraciones juradas durante 3 períodos fiscales consecutivos anuales o 36 períodos consecutivos cuando fueren mensuales, y no hayan sufrido percepciones y/o retenciones durante 36 meses consecutivos.
- Se establece que cuando se computen en las declaraciones juradas conceptos o importes improcedentes como retenciones, pagos a cuenta, saldos a favor, etc., se procederá a intimar el tributo adeudado sin necesidad de aplicar el procedimiento de determinación de oficio.
- Se incorpora dentro de las presunciones de intención de defraudar el Fisco: a) Aquellos casos en que el contribuyente, debiendo estarlo, no se encuentre inscripto en San Luis, cuando carezca de justificación por la naturaleza o volumen de operaciones o capital invertido, etc.; b) cuando se detraigan del impuesto a pagar, saldos a favor que resulten inexistentes.
Las disposiciones de la
presente norma serán de aplicación a partir del 01/01/2013.
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