Circular 3/2012 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 30/11/2012). IIGG. Indemnización por despido por
maternidad o embarazo e indemnización por estabilidad y asignación gremial.
Aclaraciones sobre tratamiento fiscal.
Se
aclara que la indemnización
por despido atribuible sobre los conceptos “maternidad o embarazo”, y
“estabilidad y asignación gremial”, no se encuentra alcanzada por el
IIGG.
De esta forma, los montos indemnizatorios quedan excluidos del régimen de
retención del impuesto establecido por la RG 2437
No hay comentarios:
Publicar un comentario