Ley 7148 – Poder Legislativo del Chaco
(BO 17/12/2012). Código Tributario. Modificaciones. Régimen de Incentivo al
Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas. Implementación.
Se modifica el Código Tributario y se crea un Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas. Principales cambios:
Se modifica el Código Tributario y se crea un Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas. Principales cambios:
Código Fiscal.
- Sellos: Se fija una multa graduable
a los responsables del pago del impuesto de sellos que no lo ingresaren en el
plazo correspondiente o lo hicieran por un monto menor, incluyendo a aquellos
que abonan el impuesto mediante declaración jurada.
- Procedimiento: Se determina que en
caso de ser necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivos los
créditos y multas ejecutoriadas, los importes devengarán un interés punitorio
computable desde la interposición de la demanda.
- Ingresos brutos: Se incorpora como
base imponible especial a la diferencia entre el precio de compra y de venta de
la actividad de acopio de productos agropecuarios.
- Se suspende la exención del pago del
impuesto sobre los ingresos brutos prevista para los ingresos obtenidos por productores
primarios de la Provincia por la primera comercialización de su producción.
- Se modifica la exención del pago del
impuesto sobre los ingresos brutos a la construcción de vivienda familiar,
estableciendo condiciones para que opere la misma.
Se crea un Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas, consistente en una bonificación del 10% en el impuesto sobre los ingresos brutos, para los contribuyentes que cumplan con las siguientes condiciones:
Se crea un Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para Pequeñas y Medianas Empresas, consistente en una bonificación del 10% en el impuesto sobre los ingresos brutos, para los contribuyentes que cumplan con las siguientes condiciones:
- Haber presentado y abonado en el
plazo correspondiente sus declaraciones juradas mensuales.
- Tener domicilio fiscal en la
Provincia.
- Haber obtenido, en el año calendario
inmediato anterior, ingresos por ventas netas por un importe igual o menor al
50% del fijado por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo
Regional del Ministerio de Industria de la Nación.
- Demostrar el cumplimiento formal,
determinativo y de pago del impuesto sobre los ingresos brutos en los tres
meses previos.
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