Resolución 81/2013 - Dirección General de Rentas de Tierra del Fuego (BO 28/06/2013). Sellos. Régimen de recaudación. Establecimiento.
Se crea un
régimen de recaudación del impuesto de sellos a partir del 01/07/2013. Deberán cumplir con el régimen, los sujetos que
intervengan en actos y contratos, públicos o privados, que sean de carácter
oneroso y que se encuentren alcanzados por el impuesto.
La DGR designará y notificará
fehacientemente a los sujetos obligados a actuar como agentes de recaudación,
asignándoles un número de inscripción.
La Dirección, cuando
considere necesario y de acuerdo a las características de las operaciones en
que intervengan, designará a los agentes de recaudación del presente régimen, que intervenga en operaciones o actos instrumentados que estén
alcanzados por el impuesto.
El importe a recaudar en concepto de
impuesto de sellos será el que resulte de la aplicación de las alícuotas
fijadas por la ley impositiva para la liquidación del mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario