jueves, 11 de julio de 2013

IIBB - Régimen de retención - Entidades bancarias - Pagos judiciales por honorarios profesionales - Provincia de Neuquén

Resolución 333/2013 - Dirección Provincial de Rentas de Neuquén (BO 28/06/2013). Ingresos brutos. Régimen de retención. Nuevos agentes. Entidades bancarias. Órdenes de pago judiciales en concepto de honorarios por la actuación profesional de abogados y peritos. 

Se designa a las entidades bancarias en general a actuar como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, cuando efectivicen órdenes de pago judiciales en concepto de honorarios correspondientes a la actuación profesional de abogados y peritos de cualquier materia o profesión, emitidas por el Poder Judicial de la Provincia de Neuquén y los Juzgados Federales radicados dentro de la Provincia de Neuquén. Igualmente actuarán ante las órdenes de transferencia de fondos imputados a honorarios de cuentas de autos judiciales a cuentas particulares cualquiera sea la causa. 

Se establece una alícuota única de retención del 1,5%, para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, directos y de Convenio Multilateral inscriptos o no en la Provincia de Neuquén.

Dicha retención será tomada como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos que deba tributar el profesional objeto de la retención.

La retención podrá imputarse en la declaración jurada mensual a partir del mes siguiente al que se produjo la misma.

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