viernes, 26 de julio de 2013

IIGG - Incremento de deducción especial sobre 1° aguinaldo 2013 - Alcance y exposición

Decreto 1006/2013 - Poder Ejecutivo de la Nación (BO 26/07/2013). Impuesto a las ganancias. Trabajo en relación de dependencia. Incremento por única vez del importe de la deducción especial hasta un monto equivalente al importe neto de la primera cuota 2013 del sueldo anual complementario. Exposición del beneficio.

Se incrementa respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha ley (deducción especial), hasta un monto equivalente al importe neto de la primera cuota del sueldo anual complementario.

El beneficio tendrá efectos exclusivamente para la primera cuota del sueldo anual complementario devengado en el año 2013 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de enero a junio del año 2013, no supere la suma de $ 25.000.
 
A efectos de obtener el importe neto, se deberán detraer del importe bruto de la primera cuota del sueldo anual complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino o, en su caso, los que correspondan a cajas provinciales, municipales u otras , al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias.

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