Resolución General 1768/2013 - Administradora Tributaria Provincial del Chaco (12/06/2013). Infracciones a los deberes formales. Multa por falta de reempadronamiento,
inscripción y/o cese total de actividades.
No estarán alcanzados por el régimen sancionatorio
aplicable por falta de reempadronamiento, inscripción y/o cese total de
actividades (RG 1552/2008) los siguientes sujetos, a partir de su
inscripción y mientras dure la misma en el Registro Nacional de Efectores de
Desarrollo y Economía Social:
- Las cooperativas de trabajo y pequeños
contribuyentes incluidos en la ley de monotributo (Ley 24977) por las ventas,
obras, locaciones y prestaciones de servicios, cuando el comprador, locatario o
prestatario sea el Estado Nacional, las provincias, los municipios o la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o
descentralizados.
- Pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes (RS), inscriptos en el Registro de Efectores de
Desarrollo y Economía Social cuyos ingresos anuales alcancen como máximo a la
suma de $ 32.196.
- Los sujetos asociados a cooperativas de trabajo cuyos
ingresos brutos anuales no superen la suma de $
24.000.
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