miércoles, 17 de julio de 2013

Multa por falta de reempadronamiento, inscripción y/o cese total de actividades - Provincia del Chaco

Resolución General 1768/2013 - Administradora Tributaria Provincial del Chaco (12/06/2013). Infracciones a los deberes formales. Multa por falta de reempadronamiento, inscripción y/o cese total de actividades.

No estarán alcanzados por el régimen sancionatorio aplicable por falta de reempadronamiento, inscripción y/o cese total de actividades (RG 1552/2008) los siguientes sujetos, a partir de su inscripción y mientras dure la misma en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo y Economía Social: 
- Las cooperativas de trabajo y pequeños contribuyentes incluidos en la ley de monotributo (Ley 24977) por las ventas, obras, locaciones y prestaciones de servicios, cuando el comprador, locatario o prestatario sea el Estado Nacional, las provincias, los municipios o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados.
- Pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), inscriptos en el Registro de Efectores de Desarrollo y Economía Social cuyos ingresos anuales alcancen como máximo a la suma de $ 32.196. 
- Los sujetos asociados a cooperativas de trabajo cuyos ingresos brutos anuales no superen la suma de $ 24.000.

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