Resolución Normativa 25/2013 - Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (28/06/2013). Ingresos brutos. Régimen especial de retención para actividades
agropecuarias. Prórroga de la alícuota de retención transitoria.
Se prorroga hasta el 30/09/2013, a los fines de la determinación de la alícuota aplicable, que en el régimen especial de retención para actividades
agropecuarias del impuesto sobre los ingresos brutos no se deberá aplicar la
alícuota especial del 2% aplicable a determinadas actividades agropecuarias
desarrolladas en inmuebles arrendados situados en la Provincia de Buenos Aires
y con ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos por el contribuyente
en el período fiscal anterior por el desarrollo de cualquier actividad dentro o
fuera de la Provincia que supere la suma de $ 10.000.000.
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