Resolución General 14/2012 - Dirección Provincial de Ingresos Públicos de San Luis (BO 13/04/2012). Ingresos brutos. Régimen general de retención e información.
Agencieros, sub agencieros y comercializadores de juegos de azar.
Alícuota especial.
Se determina que el concesionario de la Agencia Financiera de Lotería, Casinos y Juegos de Azar deberá actuar como agente de retención del
impuesto sobre los ingresos brutos con relación a los pagos que le
realice a los agencieros, sub agencieros y a los sujetos que intervengan
en la comercialización de los juegos de azar.
La
retención se deberá aplicar sobre la comisión devengada y atribuible a
cada uno de los sujetos intervinientes en la comercialización de juegos
de azar, a una alícuota del 4,1%.
Se exceptúa al
concesionario de la obligación de actuar como agente de percepción
exclusivamente respecto a las operaciones de venta a los agencieros.
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