Ley 868 - Poder Legislativo de Tierra del Fuego (BO 18/04/2012). Ingresos brutos. Régimen de Promoción Cultural. Establecimiento.
Se crea el Régimen de Promoción Cultural de la Provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, destinado a
estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de
proyectos, programas, actividades, promoción y difusión de artistas,
como así también eventos, becas, premios y toda otra iniciativa cultural
que se desarrollen en nuestra jurisdicción o aquellos que se difundan e
implementen fuera de la misma y estén ideados o realizados por
artistas, creativos o instituciones con residencia en la Provincia.
Aquellas personas físicas o jurídicas que sean
benefactores, donantes y/o patrocinantes según las características
contempladas en la presente norma, contarán con una reducción de hasta
un 10% de la alícuota correspondiente a las
actividades gravadas por el impuesto sobre los ingresos brutos.
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