Disposición 201/2011
- Secretaría de Ingresos Públicos de Santa Cruz (BO 01/12/2011). Ingresos brutos. Contribuyentes directos. Medios de cancelación. Prórroga para ciertos contribuyentes.
Se prorroga en carácter de excepción, el uso de las boletas de pago
utilizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Disposición 53/2011,
como medio de cancelación de las obligaciones derivadas del impuesto sobre los
ingresos brutos, hasta el 31 de marzo de 2012 para todas las localidades de la
Provincia de Santa Cruz, con excepción de las localidades de Río Gallegos, El
Calafate, Caleta Olivia y Pico Truncado.
En las localidades de Río Gallegos, El Calafate, Caleta Olivia y Pico
Truncado los contribuyentes y responsables deberán utilizar, sin excepción,
cualquiera de los medios de cancelación previstos en la Disposición 53/2011.
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