viernes, 16 de diciembre de 2011

IIBB - Exención para comercialización de Gas Licuado envasado

Ley 10072 - Poder Legislativo de Entre Ríos (BO 12/12/2011). Ingresos brutos. Exenciones. Ingresos derivados de comercialización de gas licuado de petróleo envasado.

Se exime del pago del impuesto sobre los ingresos brutos a los ingresos derivados de la comercialización de Gas Licuado de Petróleo envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos de capacidad o menor, efectuada en el marco del Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado y al Acuerdo de Estabilidad del Precio de Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos de capacidad.

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