viernes, 16 de diciembre de 2011

Facilidades de pago - Intereses e importes mínimos - Provincia de Córdoba

Resolución 63/2011 - Secretaría de Ingresos Públicos de Córdoba (BO 12/12/2011). Régimen excepcional de facilidades de pago. Decreto 2112/11. Intereses de financiación e importes mínimos de cuotas.

Se establecen las siguientes tasas de interés de financiación conforme lo dispuesto en el Decreto 2112/2011, según la siguiente escala:

Cantidad de cuotas solicitadas
Tasa de interés de financiación
Desde 2 hasta 12 cuotas
0,50% mensual acumulativo
Desde 13 hasta 24 cuotas
1,00% mensual acumulativo
Desde 25 hasta 36 cuotas
1,20% mensual acumulativo
Desde 37 hasta 48 cuotas
1,50% mensual acumulativo

Los importes mínimos de cuota, según el tributo o recurso a que se refiera el plan de facilidades de pago, en:

Impuesto/Recurso
Monto mínimo de cuota
Impuesto sobre los ingresos brutos, impuesto de sellos, demás tributos, conceptos y recursos comprendidos en el decreto 2112/2011
Pesos cien ($ 100)
Impuesto inmobiliario/Impuesto a la propiedad automotor
Pesos sesenta ($ 60)

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