Resolución Normativa 39/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 22/08/2012). Régimen excepcional de facilidades de pago. Deudas en gestión de
cobro prejudicial, judicial y/o ejecución fiscal administrativa.
Confirmación del plan.
Para aquellos contribuyentes y/o responsables que
hayan solicitado el acogimiento al régimen de facilidades establecidos
por el Decreto 225/2012 y hayan abonado la primera cuota, la
confirmación del Plan de Pagos en Cuotas quedará configurada con el pago
de dicha Cuota, debiendo solicitar las restantes cuotas para su
efectiva cancelación en Sede Central, Delegaciones o bocas de la
Dirección General de Rentas, o a través de la página de Gobierno
www.cba.gov.ar, link de la Dirección General de Rentas, opción
“Impresión de Cedulones".
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